
Senado aprueba y remite al Ejecutivo reforma que pasa Guardia Nacional a la SEDENA
Ciudad de México. Viernes 9 de septiembre de 2022.
El Senado de la República remitió al Ejecutivo Federal la reforma que traslada el control operativo, administrativo y financiero de la Guardia Nacional (GN) al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), luego de su aval por el pleno legislativo en lo particular por 69 votos a favor, 50 en contra y 2 abstenciones.
Después de casi 14 horas de debate y con el respaldo de Morena y sus aliados, así como la abstención del coordinador de esa bancada, Ricardo Monreal, se avaló la reforma presidencial que modifica a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Ley de la Guardia Nacional, a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y a la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Estos cambios otorgan a la Secretaría de la Defensa Nacional la facultad de “ejercer el control administrativo y operativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública”.
Conceden al secretario de la Defensa el control administrativo y operativo de la Guardia Nacional en funciones de seguridad pública y cuando el presidente de la República disponga su intervención en auxilio de la fuerza armada permanente.
El personal militar puede efectuar “operaciones de apoyo a las instituciones de seguridad pública” y homologar al personal de la Guardia Nacional su tiempo de servicio en esta corporación como tiempo de servicio en el Ejército y unidades de vuelo.
La “oposición” se pronunció en contra de la intención del presidente Andrés Manuel López Obrador de militarizar al país y anunció la interposición de una acción de inconstitucionalidad para impugnar esta reforma.
La Guardia Nacional podrá prestar servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones de dependencias y entidades de la administración pública federal, así como de los poderes Legislativo y Judicial, organismos autónomos y demás instituciones públicas que así lo soliciten.
El decreto se envió al titular del Poder Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.